CAPÍTULO XV: DE LOS DIPUTADOS O REPRESENTANTES
La gente corrupta paga para no cumplir con sus deberes “Dad dinero y pronto estaréis entre cadenas”
Una señal de buen gobierno es que la gente participa en las asambleas, por el contrario, en un país mal gobernado, la gente ni se molesta en ir porque saben que al final se hará lo que le convenga al corrupto “Desde que al tratarse de los negocios del Estado, hay quien diga: ¿qué me importa?, el Estado está perdido”
“(...) Los diputados del pueblo, pues, no son ni pueden ser sus representantes, son únicamente sus comisarios y no pueden resolver nada definitivamente. Toda ley que el pueblo en persona no ratifica, es nula (...) tan pronto como un pueblo se da representantes, deja de ser libre y de ser pueblo”
CAPÍTULO XVI: LA INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO NO ES UN CONTRATO
“Siendo todos los ciudadanos iguales por el contrato social, todos pueden prescribir lo que es deber de todos, pero ninguno tiene el derecho de exigir a otro que haga lo que él no hace. Es éste propiamente el derecho, indispensable para la vida y movimiento del cuerpo político, y que el soberano otorga al príncipe al instituir el gobierno” (Según Juan, creer que hacer esto es un contrato del tipo “tú gobiernas yo obedezco”, es tan absurdo como decir “Te hago cesión de todo cuanto poseo, a condición de que tú me devuelvas la parte que te plazca”)
CAPÍTULO XVII: DE LA INSTITUCIÓN DEL GOBIERNO
Es un acto compuesto de dos más: El establecimiento de la ley y su ejecución. En el primero hay un cuerpo de gobierno que involucra la ley; en el segundo es un simple acto de nombramiento, no una ley
Quizá en tiempos de Juan, o por lo menos en su sociedad, no queda claro cómo sin gobierno se puede hacer ley para luego pasar al nombramiento. Actualmente estamos acostumbrados a poner las reglas del juego y luego nombrar al repartidor de cartas de forma tan sencilla que la explicación se me hace demasiado rebuscada
CAPÍTULO XVIII: MEDIOS DE PREVENIR LA USURPACIÓN DEL GOBIERNO
Básicamente el truco está en las asambleas programadas por ley, ya que de oponerse el usurpador, claramente iría contra la ley. Y ya ahí se puede decidir si conservar esa forma de gobierno, y si se conserva, decidir conservar a quien administra
LIBRO IV
CAPÍTULO I: LA VOLUNTAD GENERAL ES INDESTRUCTIBLE
Resumen: Sí se puede destruir. Aunque Juan dice que no, que sólo queda subordinada a otras voluntades más poderosas. Para mí eso es un autoengaño
CAPÍTULO II: DEL SUFRAGIO
Dice que mientras todos estén de acuerdo en una asamblea, hay voluntad general; pero que si se prolonga un debate es señal de decadencia. Se ve que no quiere otra cosa que una dictadura, como más adelante dirá “(...) la unanimidad se restablece cuando los ciudadanos, esclavizados, carecen de libertad y de voluntad”
“Si, pues, el pacto social encuentra opositores, tal oposición no lo invalida, e implica solamente la exclusión de ellos, que serán considerados como extranjeros entre los ciudadanos” (Es decir, si opina; pero no cuenta sino piensas como yo, porque entonces no eres de los nuestros. Eso no funciona, es perjudicial, vean la historia de los imbéciles populistas, más recientemente en mi época, Madura de Venezuela y López Obrador de México”)
“(...) si, pues, una opinión contraria a la mía prevalece, ello no prueba otra cosa sino que yo estaba equivocado” (Como cuando en la dictadura de Mao la gente pensaba que el líder no podía estar mal, sino que ellos estaban equivocados por no pensar como él. He ahí el peligro de este pensamiento. El pensamiento de las masas es manipulable)
“(...) es evidente que el carácter esencial de la voluntad general está en dar pluralidad; cuando ésta cesa, la libertad cesa” (Como cuando Mao decía que había que abrir mil escuelas de pensamiento, o cuando se permiten manifestaciones. Que la gente hable, sea libre; pero se joden porque se hace lo que yo diga)
Dice que ha determinado cómo mediante el número de votos se determina la voluntad general; pero no lo hizo. Su obra obscura e incompleta demuestra su mente torcida y ególatra
















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